Política de gestión social y derechos laborales

  1. Objetivo

La presente política establece el compromiso de la empresa con el cumplimiento de los principios sociales exigidos por el estándar FSC y PEFC, garantizando el respeto a los derechos humanos y laborales en todas las actividades, operaciones y cadena de suministro.

Esta política aplica a todas las partes interesadas, tanto internas como externas a la organización.

  1. Compromiso general

La empresa se compromete a:

  • Respetar los derechos humanos fundamentales reconocidos internacionalmente.
  • Cumplir la legislación laboral aplicable en España y normativa internacional pertinente.
  • Alinear sus prácticas con los requisitos sociales del estándar FSC y PEFC.
  • Promover un entorno de trabajo seguro, digno, inclusivo y libre de abusos.
  1. Trabajo infantil

La empresa declara su rechazo absoluto al trabajo infantil.

Se establece que:

  • No se contratará a ninguna persona por debajo de la edad mínima legal de empleo según la legislación nacional o convenios internacionales aplicables.
  • Se implementarán mecanismos de verificación de edad en procesos de contratación.
  • No se permitirá ninguna forma de explotación infantil, incluyendo trabajos peligrosos, nocivos o que interfieran con la educación obligatoria.
  • En caso de detección de menores trabajando en la cadena de suministro, se activarán medidas correctivas inmediatas priorizando el interés superior del menor.
  1. Trabajo forzoso u obligatorio

La empresa prohíbe estrictamente cualquier forma de trabajo forzoso, obligatorio o bajo coacción.

Se establece que:

  • Ningún trabajador será obligado a trabajar contra su voluntad.
  • Está prohibida la retención de documentos de identidad, salarios o depósitos como condición de empleo.
  • No se permitirán prácticas de servidumbre por deudas, trata de personas o trabajo penitenciario no voluntario.
  • Todos los trabajadores podrán finalizar su relación laboral respetando los preavisos legales sin penalización indebida.
  • Se garantizará la libertad de movimiento dentro del entorno laboral.
  1. Discriminación en el empleo y la ocupación

La empresa promueve la igualdad de oportunidades y prohíbe toda forma de discriminación.

Queda prohibida la discriminación por motivos de:

  • Sexo, género, identidad o expresión de género
  • Edad
  • Origen racial o étnico
  • Nacionalidad
  • Religión o creencias
  • Discapacidad
  • Orientación sexual
  • Opiniones políticas
  • Cualquier otra condición personal o social

Se garantizará que:

  • Los procesos de selección, promoción, formación y remuneración sean objetivos y basados en competencias.
  • Se implementen medidas de igualdad e inclusión.
  • Se disponga de canales para denunciar conductas discriminatorias sin represalias.
  1. Libertad sindical y derecho a la negociación colectiva

La empresa reconoce y respeta plenamente la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva.

Se establece que:

  • Los trabajadores pueden afiliarse o no a sindicatos de su elección sin interferencias ni represalias.
  • Se respetará el derecho a la representación de los trabajadores.
  • No se ejercerá ninguna forma de intimidación o discriminación por actividad sindical.
  • Se facilitará el acceso de representantes sindicales a la información necesaria para la negociación colectiva, dentro del marco legal.
  • Se promoverá el diálogo social como herramienta de mejora continua de las condiciones laborales.
  1. Implementación y seguimiento

Para asegurar el cumplimiento de esta política, la empresa:

  • Comunica esta política a todo el personal y partes interesadas.
  • Integra estos principios en contratos con proveedores y subcontratistas.
  • Realiza evaluaciones periódicas de cumplimiento.
  • Establece canales de denuncia confidenciales y sin represalias.
  • Implementa acciones correctivas ante cualquier incumplimiento.

La Dirección de la empresa es responsable de la implementación, mantenimiento y mejora de esta política, así como de garantizar los recursos necesarios para su cumplimiento.

La dirección revisará periódicamente esta Política con el objeto de desarrollar el concepto de mejora continua y asegurando, de esta forma, su mantenimiento actualizado.

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